Una sentencia de la Fiscalía de San Sebastián estima que una empresa de Guipúzcoa no vulneró el derecho a la intimidad de un trabajador al acceder a sus mensajes del correo electrónico. El representante del Ministerio Público considera "justificada" la medida porque existían "razonables sospechas" de que había cometido "graves irregularidades" en su puesto de trabajo, como era "la existencia de pactos o negociaciones" con la competencia.
a sentencia concluye que la compañía no cometió delito y archiva las diligencias informativas que abrió a raíz de la denuncia interpuesta en la vía penal por el trabajador. El denunciante sí consiguió que le dieran la razón en la jurisdicción laboral. Según recoge la resolución del fiscal a la que tuvo acceso Europa Press, el denunciante trabajaba como director de exportación en la empresa, dedicada a la fabricación de cerraduras.
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HEFAME, CONDENADA A READMITIR
A UN DESPEDIDO QUE DIFUNDÍA INFORMACIÓN SOBRE LA SITUACIÓN DE LA DISTRIBUIDORA
La distribuidora farmacéutica HEFAME, la principal empresa de la región de Murcia, ha sido condenada a readmitir a un trabajador cuyo despido ha sido declarado nulo por el Juzgado de los Social nº 2 de Murcia, después de que el magistrado titular hubiera determinado que se había producido una vulneración empresarial de los derechos de libertad de expresión y de información, en relación con el derecho de libertad sindical.
La sentencia se produce tras la demanda presentada por Cristóbal Susarte Jiménez, trabajador de Hefame y representante sindical en la empresa, que fue despedido después de que el Consejo Rector de la empresa la hubiera abierto un expediente sancionador porque, desde su correo electrónico, reenviaba cuantas informaciones se publicaban sobre la situación de la empresa y la actuación de sus directivos. Informaciones especialmente negativas por cuanto tenían que ver con el deterioro en la gestión y, sobre todo, con las denuncias realizadas sobre supuestas irregularidades contables después de que se hubiera tenido conocimiento de que podría existir un agujero económico de 5.000 millones de pesetas (30 millones de euros). Uno de los primeros que denunció tal agujero fue el actual presidente de Hefame, Antonio Abril, cuando se presentó a las elecciones de la distribuidora en el año 2000 y así aparece en la sentencia.
El juez, que realiza un amplio análisis de las sentencias más recientes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Constitucional Español sobre el derecho a la libertad de expresión y de información, subraya que la relación laboral, fruto de un contrato de trabajo, no implica en modo alguno la privación para el trabajador del derecho a la libertad de expresión. Y señala que no es posible defender la existencia de un deber genérico de lealtad, con un significado omnicompresivo de sujeción del trabajador al interés empresarial, pues ello no es acorde con el sistema constitucional... No basta con la sola afirmación del interés empresarial para restringir los derechos fundamentales del trabajador...
La sentencia, que además constata los enfrentamientos internos que se viven en Hefame en los últimos años, algunos de los cuales han salido a la luz pública, concluye diciendo que los derechos de libertad de expresión, de información y de libre actuación sindical, adquieren unas amplias dimensiones que se sitúan, en este caso, por encima del derecho al honor invocado por el empresario, máxime cuando, precisamente por la extraordinaria importancia que la demandada tiene en la vida social y económica de esta Comunidad Autónoma, su Consejo Rector y las personas que lo integran tienen la consideración de personajes públicos, obligados por tanto a soportar un debilitamiento de su derecho al honor.
Barbizon S.L.